Calculadora
Calcular pago feriado irrenunciable Chile 2026
Si trabaja un feriado irrenunciable, estime la hora con recargo 50 % (artículo 32) y el total del día. No es liquidación completa ni hora extra de un día hábil.
Documento generado por Haberes. No es un cálculo de la Dirección del Trabajo ni de Previred. No constituye asesoría legal ni previsional.
Cómo se estima el pago de un feriado irrenunciable
El artículo 32 del Código del Trabajo fija un recargo del cincuenta por ciento sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria. Haberes aplica la misma fórmula de hora de la Dirección del Trabajo que en horas extras: sueldo / 30 × 28 / (jornada semanal × 4), y multiplica por 1,5 (o por el factor pactado si es mayor) y por las horas de ese día. No es el recargo 30 % del domingo en el comercio (artículo 38 N°7).
La Dirección del Trabajo, en el ordinario 4631, recuerda que un festivo trabajado se compensa con un día de descanso adicional, salvo que las partes acuerden otra forma o su remuneración: en ese caso aplica el recargo 50 % del artículo 32 sobre el valor de la hora ordinaria. Esta página estima esa remuneración; el recuadro de descanso muestra el equivalente en horas y días, sin inventar otro monto.
Lista 2026: los cinco irrenunciables del comercio
La Ley 19.973, artículo 2 (modificada por las leyes 20.215, 20.629 y 20.918) declara feriado obligatorio e irrenunciable para los dependientes del comercio el 1 de enero, el 1 de mayo, el 18 y el 19 de septiembre y el 25 de diciembre. La consulta de la DT reproduce esa lista.
En Fiestas Patrias 2026 el 18 de septiembre es viernes y el 19 es sábado. Eso no cambia el carácter irrenunciable. El aguinaldo de Fiestas Patrias es otro haber (presupuesto de costumbre, no recargo de esas horas).
Quiénes pueden trabajar (excepciones; no es todo el comercio)
Quien tiene derecho al feriado irrenunciable no puede trabajar ese día aunque se ofrezca un recargo, cualquiera que sea (DT, misma consulta). No abra el local ni pacte un bono para «comprar» el descanso. Las excepciones de la Ley 19.973 son acotadas: clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets), locales comerciales en aeródromos y aeropuertos, casinos de juego autorizados, venta de combustibles, farmacias de urgencia o de turno sanitario, y tiendas de conveniencia asociadas a bencineras que elaboren y vendan alimentos para consumo en el local. En esas excepciones, el descanso irrenunciable se otorga un año por medio con el mismo empleador. Haberes no califica su giro ni asesora caso a caso.
Qué no cubre esta página
No arma una liquidación: no descuenta AFP, salud ni impuesto único (use
calcular sueldo líquido).
No es hora extra de un día hábil (aunque la fórmula de la hora sea la misma).
No es el recargo 30 % del domingo comercio.
No es el calendario de vacaciones legales
(feriado anual art. 67).
No es aguinaldo, ni semana corrida,
ni finiquito. No abre URLs hermanas
(/pago-feriado, /trabajo-feriado, /feriados,
/irrenunciable).
Ejemplo orientativo
Con un sueldo pactado de $800.000 y jornada de 42 horas, la hora ordinaria vale $4.444,44. Con recargo 50 % vale $6.666,67. Ocho horas de ese día suman $53.333. El equivalente educativo en descanso es 8 h (0,95 días si la semana se reparte en 5). Ajuste sueldo, jornada, horas y factor a su caso.
Guías y calculadoras relacionadas
- Calcular valor hora ordinaria
- Calcular horas extras (art. 32)
- Cálculo de horas extras (guía)
- Calcular recargo domingo comercio (art. 38 N°7)
- Calcular descanso compensatorio (art. 38)
- Calculadora de sueldo líquido
- Calcular aguinaldo de Fiestas Patrias
- Cuenta de empresa
Preguntas frecuentes
¿Cómo se paga un feriado irrenunciable?
Si la ley permite trabajar ese día, Haberes estima las horas con la fórmula de la Dirección del Trabajo y el recargo mínimo 50 % del artículo 32: sueldo / 30 × 28 / (jornada × 4) × 1,5 × horas. No es una liquidación completa: no descuenta AFP, salud ni impuesto único.
¿Es lo mismo que hora extra?
Usa la misma base y el mismo recargo 50 % del artículo 32, pero no reemplaza la calculadora de horas extras. Las extras son las que exceden la jornada ordinaria en un día hábil. Esta página estima horas de un feriado irrenunciable (Ley 19.973), si se puede trabajar.
¿Puedo exigir descanso compensatorio?
Las partes pueden acordar por escrito remunerar el festivo con recargo 50 % o compensarlo con descanso. Haberes muestra el equivalente en horas y días (jornada semanal ÷ 5) sin inventar otro monto. Para contar días de descanso por domingo o festivo trabajado (art. 38) use calcular descanso compensatorio. No asesora su caso.
¿Aplica al comercio el 18–19 de septiembre?
Para la mayoría del comercio, el 18 y el 19 de septiembre son feriado obligatorio e irrenunciable: no se puede trabajar ni aunque se ofrezca un recargo. Solo rigen las excepciones de la Ley 19.973 (restaurantes, combustibles, farmacias de turno y otras). Haberes no dice que todo el comercio pueda abrir.
¿Usa jornada 42 o 45?
El valor por defecto es 42 horas semanales, la jornada ordinaria vigente desde el 26 de abril de 2026 (Ley 21.561). Si el contrato pactó otra jornada (45 u otra), ingrésela: el divisor es jornada × 4, no 168.