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Calcular jornada parcial Chile 2026

Estime el tope legal de 2/3 de una jornada parcial (artículo 40 bis del Código del Trabajo), el sueldo proporcional a las horas y los días de feriado orientativos (15 hábiles del artículo 67). La jornada ordinaria de referencia es 40 h (Ley 21.561); puede editarla entre 30 y 45 h. No es el tope gradual de jornada 40 horas ni el sueldo líquido ni el bruto de un mes incompleto de sueldo proporcional.

Documento generado por Haberes. No es un cálculo de la Dirección del Trabajo ni de Previred. No constituye asesoría legal ni previsional. Estimación educativa: el sueldo pactado y el feriado del contrato pueden ser otros.

Horas ordinarias de la empresa, no las del contrato parcial. Rango editable 30–45 h. Referencia típica 40 h (Ley 21.561). El tope de la parcial es 2/3 de este valor (art. 40 bis).

Lo que dice el pacto a jornada parcial. Si supera el máximo legal, se marca el incumplimiento y se muestra igual el proporcional matemático.

Sueldo mensual de una jornada completa equivalente, para estimar sueldoParcial = sueldo × horas / ordinaria (pesos enteros). El monto del contrato puede ser otro. No descuenta AFP, salud ni impuesto: el líquido está en calcular sueldo líquido.

Cómo se estima la jornada parcial

El artículo 40 bis del Código del Trabajo regula la jornada parcial: no puede exceder los dos tercios de la jornada ordinaria de la empresa. Quien trabaja a jornada parcial tiene, en general, los mismos derechos que a jornada completa, en proporción a la jornada pactada. Haberes no calcula cotizaciones, impuesto, IAS ni finiquito aquí.

  • Máximo legal = (2/3) × jornada ordinaria semanal. Con 40 h el tope es 26,67 h (se muestra con 2 decimales). La comparación usa una tolerancia de 0,01 h para el caso ≈ tope (26,67 h sobre 40 h cumple).
  • ¿Cumple el tope? Sí si las horas del contrato ≤ máximo + 0,01 h; no si las supera.
  • % de jornada = 100 × horas parciales / jornada ordinaria.
  • Sueldo proporcional orientativo = redondeo a peso entero de sueldo ordinaria de referencia × horas parciales / jornada ordinaria. Solo aplica si el pacto es proporcional a las horas.
  • Feriado en días (educativo) = 15 × horas parciales / jornada ordinaria (base de 15 días hábiles del art. 67 si jornada completa equivalente). No se inventa otro tope. No es el monto en dinero.

Ejemplos orientativos

  • Ordinaria 40 h, parcial 20 h, sueldo $900.000 → cumple el tope (máximo 26,67 h), sueldo $450.000, 50 % de jornada, feriado 7,50 días.
  • Ordinaria 40 h, parcial 30 h, sueldo $900.000 → no cumple el tope (30 > 26,67). El proporcional matemático sigue siendo $675.000 (75 %, 11,25 días), con aviso de incumplimiento.
  • Ordinaria 45 h, parcial 30 h, sueldo $900.000 → cumple (máximo 30 h), sueldo $600.000, 66,67 %, feriado 10 días.
  • Ordinaria 40 h, parcial 26,67 h, sueldo $800.000 → cumple (≈ tope 26,67 h), sueldo $533.400 (800.000 × 26,67 / 40).

Qué no es esta calculadora

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tope de una jornada parcial en Chile?

El artículo 40 bis del Código del Trabajo dispone que la jornada parcial no puede exceder los dos tercios de la jornada ordinaria de la empresa. Con una ordinaria de 40 h (referencia Ley 21.561) el máximo es 26,67 h. Haberes compara con una tolerancia de 0,01 h. No es el tope gradual de jornada ordinaria de /jornada-40-horas.

¿Cómo se estima el sueldo de una jornada parcial?

Si el pacto es proporcional a las horas: sueldo de jornada ordinaria de referencia × horas parciales / jornada ordinaria semanal, redondeado a peso entero. Ejemplo: $900.000 con 20 h sobre 40 h da $450.000. El sueldo pactado en el contrato puede ser otro. No es el líquido de /sueldo ni el bruto de un mes incompleto de /sueldo-proporcional.

¿Cuántos días de feriado corresponden a jornada parcial?

Estimación educativa: 15 días hábiles del artículo 67 × horas parciales / jornada ordinaria. Con 20 h sobre 40 h da 7,50 días. No inventa otro tope. El monto en dinero de feriado no gozado vive en /vacaciones-proporcionales.

¿Esta página calcula cotizaciones, extras o finiquito?

No. Las horas extras (art. 32) viven en /horas-extras. El líquido en /sueldo. El costo de cotizaciones del empleador en /costo-empresa. El descuento por atrasos en /descuento-atrasos. La semana corrida (art. 45) en /semana-corrida. La cuenta de empresa en /empresa. Esta página solo estima tope 2/3, sueldo proporcional a horas y feriado en días.

¿Es un cálculo oficial de la Dirección del Trabajo o de Previred?

No. Es una estimación educativa de Haberes. No constituye asesoría legal ni previsional. No sustituye el contrato escrito ni un cálculo de la Dirección del Trabajo o de Previred. Verifique con su contador o en los canales oficiales.

La ruta canónica es /jornada-parcial. No abre /part-time ni /medio-tiempo ni /jornada-media ni /contrato-parcial. No canibaliza /jornada-40-horas, /sueldo, /sueldo-proporcional, /vacaciones-proporcionales, /horas-extras, /semana-corrida, /descuento-atrasos, /costo-empresa ni /empresa.