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Calcular feriado progresivo Chile 2026

Días extra del artículo 68 del Código del Trabajo que se suman al feriado anual de 15 días hábiles. No es el valor en dinero de los días no usados: eso está en calcular vacaciones proporcionales. No estima las fechas de un tramo de feriado anual: eso está en calcular feriado anual.

Documento generado por Haberes. No es un cálculo de la Dirección del Trabajo ni de Previred. No constituye asesoría legal ni previsional.

Del certificado AFP de vacaciones progresivas. 120 cotizaciones = 10 años. El artículo 68 solo deja hacer valer hasta 10 años de empleadores anteriores.

Los 3 años nuevos se cuentan después de cumplir la base de 10. Si toda la carrera es con este empleador, ponga 0 arriba y aquí el total.

Solo para estimar el valor de los días extra: días × remuneración / 30, la misma convención de vacaciones proporcionales. No convierte el feriado de 15 días ni arma el finiquito.

Cómo se calcula el feriado progresivo (art. 68)

El artículo 68 del Código del Trabajo dice: todo trabajador, con diez años de trabajo, para uno o más empleadores, continuos o no, tendrá derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años trabajados. Ese exceso es susceptible de negociación individual o colectiva. Con todo, solo podrán hacerse valer hasta diez años de trabajo prestados a empleadores anteriores.

La Dirección del Trabajo lo lee así: la base son 10 años trabajados (120 cotizaciones previsionales) con el empleador actual y/o anteriores; de los anteriores, como máximo 10. El primer día extra exige, además, 3 años con el empleador actual una vez cumplida esa base. Cada 3 años más con el mismo empleador se suma otro día hábil al feriado anual de 15 (20 en Magallanes, Aysén o Palena, artículo 67). El dictamen 2694/34 precisa que esos tres años se laboran sobre los primeros diez.

No basta «llevar 13 años trabajando». Trece años con el mismo empleador suelen dar 1 día extra (16 días hábiles). Trece años repartidos, o 13 de empleadores anteriores y 2 con el actual, no dan el día extra: de los anteriores solo se hacen valer 10, y faltan 3 con el actual.

Ejemplos orientativos

  • 5 años anteriores y 4 con el actual: la base de 10 no se cumple → 0 días extra.
  • 10 años anteriores y 3 con el actual → 1 día extra, feriado anual de 16 días hábiles.
  • 10 años anteriores y 6 con el actual → 2 días extra, feriado anual de 17 días hábiles.
  • 0 anteriores y 13 con el actual → 1 día extra (10 de base + 3 nuevos), 16 días hábiles.
  • 1 día extra y remuneración de $900.000: estimación de esos extra = $30.000 (1 × 900.000 / 30).

El trabajador suele pedir a la AFP el certificado de vacaciones progresivas y entregarlo antes de usar el feriado básico. Si no acredita a tiempo, la DT indica que pierde el beneficio ese año; no se acumula hacia atrás (cómo se acreditan los años).

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el feriado progresivo o las vacaciones progresivas?

El artículo 68 del Código del Trabajo suma días hábiles al feriado anual de 15 días (art. 67): 1 día extra por cada 3 años nuevos con el empleador actual, después de una base de 10 años de trabajo (120 cotizaciones) para uno o más empleadores.

¿Basta con 13 años de trabajo para tener 16 días de feriado?

No como regla. 13 años con el mismo empleador suelen dar 1 día extra (10 de base + 3 nuevos = 16 días hábiles). 13 años repartidos entre varios empleadores no alcanzan si no hay 3 años con el actual después de la base. De empleadores anteriores solo se hacen valer 10 años.

¿Cómo se acreditan los 10 años de la base?

Si solo ha trabajado para el empleador actual, basta el contrato y la fecha de ingreso. Si hubo empleadores anteriores, la Dirección del Trabajo admite el certificado de cotizaciones de la AFP (certificado de vacaciones progresivas), un instrumento público o la certificación de la Inspección. Hay que acreditarlo antes de usar el feriado básico; si no, se pierde ese año.

¿Se pierden los días extra al cambiar de empleador?

Sí. Los días de feriado progresivo se pierden al cambiar de empleador. El tiempo previo solo sirve para completar la base de 10 años (con tope de 10 por empleadores anteriores). Hay que cumplir 3 años con el nuevo empleador para volver a tener el primer día extra.

¿El feriado progresivo es lo mismo que las vacaciones proporcionales?

No. El feriado progresivo (art. 68) añade días hábiles al feriado anual. Las vacaciones proporcionales son el valor en dinero de los días de feriado no usados al término del contrato (arts. 67 y 73). Esa plata se estima en calcular vacaciones proporcionales y en el finiquito.

¿Los días de feriado progresivo se pagan en dinero?

El artículo 68 dice que ese exceso es susceptible de negociación individual o colectiva. No es un pago automático. Al término, los días extra no gozados se liquidan con el feriado pendiente, con la convención remuneración / 30. Haberes muestra esa cifra solo como estimación de los días extra, no del proporcional.