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Calcular indemnización por años de servicio Chile 2026

Treinta días de la última remuneración por cada año y fracción superior a seis meses, con tope de 11 años y 90 UF, si el término es por el artículo 163 del Código del Trabajo (causal 161). Esta página calcula el monto. La explicación está en la guía de indemnización por años de servicio. El finiquito completo (feriado, días del mes y carta) va en calcular finiquito.

Documento generado por Haberes. No es un cálculo de la Dirección del Trabajo ni de Previred. No constituye asesoría legal ni previsional.

El año se cuenta de fecha a fecha. Aplica sobre todo a contrato indefinido con término por necesidades de la empresa o desahucio (art. 161). El 163 exige un año o más de vigencia. Para ver el desglose exacto en años, meses y días entre dos fechas, use calcular antigüedad laboral.

Lo percibido por los servicios al terminar, con tope de 90 UF. Si es variable, estime el promedio de los últimos tres meses en calcular promedio de remuneraciones y péguelo aquí. Colación y movilización no entran. Si paga gratificación del artículo 50 mes a mes, súmela aquí; el tope de esa gratificación está en calcular gratificación.

No dar el aviso no agrega un año extra a la IAS: suma una última remuneración (también tope 90 UF). El monto de esa sustitutiva, sola, está en calcular indemnización por aviso previo. Ver carta de aviso.

Cómo se calcula la indemnización por años de servicio (art. 163)

El artículo 163 del Código del Trabajo paga treinta días de la última remuneración mensual por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, con tope de 330 días (once años), si el contrato duró un año o más y el término se funda en el artículo 161. La Dirección del Trabajo pide esas dos condiciones a la vez.

No hay IAS legal, en general, en el artículo 159 (mutuo acuerdo, renuncia, vencimiento del plazo) ni en el 160 (faltas del trabajador). Sí se liquida el feriado: use calcular vacaciones proporcionales o el finiquito.

El año se cuenta de fecha a fecha. La consulta de la DT lo ejemplifica: contratado el 18 de abril de 2017, el año se cumple el 18 de abril de 2018. Cumplido el primer año, la fracción superior a seis meses suma un año; exactamente seis meses no suman. Quince años no pagan quince meses: el tope es once.

El artículo 172 fija la base: última remuneración mensual, con exclusiones. La DT, tope de 90 UF confirma que esa base no supera 90 UF. El mismo tope rige la sustitutiva del aviso. Haberes recorta al menor entre la remuneración y 90 veces la UF que carga esta página (mindicador.cl, o el valor de respaldo).

La indemnización sustitutiva del aviso previo (arts. 161 y 162) es otra partida, compatible con la IAS: una última remuneración si no hubo aviso de treinta días. No forme parte del recuadro de años. El plazo de diez días hábiles del artículo 177 (otorgar el finiquito y poner el pago a disposición) tampoco es este aviso: está en plazo de pago del finiquito.

Ejemplos orientativos

  • 15 de enero de 2020 al 15 de mayo de 2024 (4 años y 4 meses) y remuneración $1.000.000: fracción ≤ 6 meses no suma → 4 años, IAS $4.000.000. Tope 90 UF no aplica.
  • 15 de enero de 2020 al 15 de agosto de 2024 (4 años y 7 meses): fracción > 6 meses → 5 años, IAS $5.000.000.
  • 15 de enero de 2020 al 20 de agosto de 2023 (3 años, 7 meses y 5 días): también 4 años, IAS $4.000.000 con $1.000.000.
  • 1 de enero de 2000 al 1 de enero de 2020 (20 años) y $1.000.000: tope 11 años → IAS $11.000.000.
  • 2 años y remuneración $10.000.000, con la UF de respaldo $40.854,01: base 90 UF = $3.676.861, IAS $7.353.722. Si marca aviso, la sustitutiva es $3.676.861.
  • 1 de marzo de 2020 al 1 de marzo de 2026 y $900.000: seis años exactos → IAS $5.400.000; sin aviso, sustitutiva $900.000.
  • Menos de un año de vigencia: IAS $0, aunque la fracción de meses sea mayor a seis.

Guías relacionadas

Preguntas frecuentes

¿Cuándo corresponde la indemnización por años de servicio?

Cuando el término se funda en el artículo 161 (necesidades de la empresa o desahucio) y el contrato indefinido estuvo vigente un año o más. No procede, en general, en el artículo 159 ni en el 160.

¿Cómo se cuentan los años y la fracción de seis meses?

De fecha a fecha. Cumplido el primer año, la fracción superior a seis meses suma un año; exactamente seis meses no suman. El tope es once años (330 días).

¿El tope de 90 UF también aplica al aviso de 30 días?

Sí. La Dirección del Trabajo indica que las 90 UF del artículo 172 rigen la indemnización por años de servicio y la sustitutiva del aviso previo. Use la UF de la calculadora; no publique un valor inventado.

¿Esta página calcula el finiquito completo?

No. Aquí solo se estiman la IAS (art. 163) y, si lo marca, la sustitutiva del aviso (art. 162). Feriado proporcional, días del mes y la carta van en la calculadora de finiquito. Las remuneraciones por cotizaciones impagas (nulidad del art. 162) están en calcular nulidad del despido.

¿Qué diferencia hay entre esta calculadora y la guía?

Esta página calcula el monto. La guía de indemnización por años de servicio explica base, tope 90 UF y la diferencia con el aviso de treinta días, sin reemplazar el cálculo.