Calculadora
Calcular jornada excepcional Chile 2026
Estime el promedio de horas semanales en el ciclo (PHSC) de un sistema excepcional de distribución de jornada y descansos (art. 38 incisos 7°–9° del Código del Trabajo y DS N°48/2023 Mintrab): si queda dentro del tope ordinario (42 h en 2026, 40 h en 2028, Ley 21.561), si califica al régimen del inciso 8° (margen hasta 42 h) y cuántos días de descanso adicional orientativos corresponderían (0 / 4,5 / 9). Fuentes: ORD. N°601/26, DT, jornadas excepcionales y consulta DT sobre renovación. No es el pacto 4×3 del art. 28, ni el tope gradual de jornada 40 horas, ni el promedio del art. 22 bis.
Documento generado por Haberes. No es un cálculo de la Dirección del Trabajo ni de Previred. No constituye asesoría legal ni previsional. Estimación educativa: la autorización la da la Dirección del Trabajo; esta calculadora no aprueba ni simula el trámite. Requiere caso calificado y acuerdo de las personas trabajadoras.
Cómo se estima el PHSC
El DS N°48/2023 (art. 6) define el ciclo como la suma de los días de trabajo y los de descanso, y el PHSC así:
PHSC = (horas de trabajo del ciclo / días del ciclo) × 7
- Días del ciclo = días de trabajo + días de descanso.
- Horas de trabajo del ciclo = horas de la jornada diaria × días de trabajo (solo los días efectivamente trabajados).
- Si hay subciclos (ciclo compuesto), se suman todos los días y horas del ciclo.
El art. 7 del mismo reglamento fija que el PHSC no puede superar el tope del artículo 22 (42 h desde el 26-abr-2026; 40 h desde el 26-abr-2028, Ley 21.561). El inciso 8° del art. 38 / DS 48 art. 7 permite autorizar sistemas con PHSC hasta 42 h aun cuando el ordinario sea 40:
- PHSC = 42 → 9 días de descanso adicional al año (compensables en dinero por acuerdo).
- PHSC = 41 → 4,5 días adicionales.
- PHSC ≤ tope ordinario vigente → días adicionales del inciso 8° = 0.
- PHSC > 42 → no cabe bajo ese régimen.
Ese margen (inciso 2° del art. 7) entra en vigor el 26 de abril de 2028, salvo que las partes ya tengan jornada de 40 h (ORD. N°601/26; art. quinto transitorio DS 48). Por eso el horizonte 2026 muestra 42 h como ordinario (días extra = 0 si PHSC ≤ 42) y el horizonte 2028 muestra el margen 41/42 con 4,5 o 9 días.
Ejemplos orientativos (gold 2026)
- 7 días × 12 h + 7 de descanso (ciclo 14) → horas del ciclo 84, PHSC 42,00. Horizonte 2026: dentro del tope ordinario 42; días adicionales = 0.
- El mismo 7×12 + 7, horizonte 2028 (ordinario 40) → PHSC 42,00, régimen inciso 8°, días adicionales = 9.
- 7 días × 82/7 h (≈ 11,714 h) + 7 de descanso → horas del ciclo 82, PHSC 41,00. Horizonte 2028 → días adicionales = 4,5.
- 4 días × 12 h + 3 de descanso (ciclo 7) → horas 48, PHSC 48,00: supera el tope 42; no autorizable bajo el inciso 8°.
- 5 días × 8,4 h + 2 de descanso (ciclo 7) → horas 42, PHSC 42,00. Horizonte 2026: dentro del ordinario.
La autorización la da la Dirección del Trabajo
El sistema excepcional no nace de un pacto entre partes ni de la rebaja a 42 h. Hace falta resolución de la DT, acuerdo de las personas trabajadoras y acreditar el caso calificado (especiales características de la prestación). La autorización tiene vigencia limitada; la renovación se pide entre 45 y 90 días hábiles antes del vencimiento (consulta DT). Esta página no redacta la solicitud ni fiscaliza colación, permanencia máxima (DS 48 art. 9: 11 h efectivas / 12 h de permanencia) ni descansos entre jornadas.
Qué no es esta calculadora
- No es el pacto escrito 4 días de trabajo / 3 de descanso del art. 28 (/pacto-4x3): ese pacto no requiere autorización DT.
- No es la jornada bisemanal del art. 39 (hasta 12 días continuos y 3 de descanso, pactada entre las partes).
- No es el tope gradual 44/42/40 h ni el promedio del artículo 22 bis de /jornada-40-horas.
- No es el tope de 2/3 de jornada parcial (art. 40 bis).
- No es teletrabajo ni el derecho a desconexión (Ley 21.220).
- No es el recargo 50 % de horas extras ni los días de descanso compensatorio (art. 38: un día por domingo o festivo trabajado) ni el recargo domingo comercio.
- No es el feriado irrenunciable, el descuento por atrasos, la semana corrida, el sueldo líquido ni el costo empresa.
- No es permiso sin goce ni cuenta de empresa ni las bandas horarias de cuidado familiar.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es un sistema excepcional de jornada en Chile?
Es un sistema de distribución de jornada y descansos que se aparta de las reglas generales de los artículos 22 y 38 del Código del Trabajo. Lo autoriza la Dirección del Trabajo (art. 38 incisos 7° a 9° y DS N°48/2023). Esta página estima el PHSC; no aprueba ni simula el trámite. No es el pacto 4×3 del art. 28 ( /pacto-4x3 ) ni el tope gradual de /jornada-40-horas.
¿Cómo se calcula el PHSC?
PHSC = (horas de trabajo del ciclo / días del ciclo) × 7. Los días del ciclo son trabajo más descanso. Las horas del ciclo son horas diarias × días de trabajo (no se cuentan los descansos). Un 7×12 + 7 de descanso (ciclo 14) da 84 h y PHSC 42,00. Un 4×12 + 3 de descanso da PHSC 48,00 y supera el tope 42.
¿Cuántos días de descanso adicional corresponde (inciso 8°)?
Si el PHSC queda dentro del tope ordinario vigente (42 h en 2026), los días adicionales del inciso 8° son 0. Si se usa el margen hasta 42 h cuando el ordinario es 40 (horizonte 2028): PHSC 42,00 → 9 días extra al año; PHSC 41,00 → 4,5 días. Esos días son compensables en dinero por acuerdo. Si el PHSC supera 42 h, no cabe bajo ese régimen.
¿Es lo mismo que el pacto 4×3 o la jornada 40 horas?
No. /pacto-4x3 es el pacto escrito del art. 28 (4 a 6 días, sin autorización DT). /jornada-40-horas es el tope gradual 44/42/40, la distribución a falta de acuerdo y el promedio del art. 22 bis. Esta página estima sistemas excepcionales del art. 38 que requieren resolución de la DT.
¿Haberes aprueba o simula el trámite ante la Dirección del Trabajo?
No. Es una estimación educativa del PHSC y de los topes. Requiere autorización DT, acuerdo de las personas trabajadoras y caso calificado. No constituye asesoría legal ni previsional. No sustituye una resolución de la Dirección del Trabajo ni un pronunciamiento de Previred. Verifique con su contador o en los canales oficiales.
¿Puedo abrir /7x7, /4x4 o /art-38 para este cálculo?
No. La ruta canónica es
/jornada-excepcional.
No se publican
/sistema-excepcional,
/art-38,
/jornada-dt,
/autorizacion-dt-jornada,
/4x4,
/7x7
ni
/ciclo-excepcional.
Un 7×7 o un 4×4 se estima aquí como ciclo de trabajo y descanso.
La ruta canónica es /jornada-excepcional.
No abre /sistema-excepcional ni /art-38
ni /jornada-dt ni /autorizacion-dt-jornada
ni /4x4 ni /7x7 ni /ciclo-excepcional.
No canibaliza
/jornada-40-horas,
/pacto-4x3,
/bandas-horarias,
/jornada-parcial,
/teletrabajo,
/horas-extras,
/descanso-compensatorio,
/recargo-domingo-comercio,
/feriado-irrenunciable,
/descuento-atrasos,
/semana-corrida,
/sueldo,
/costo-empresa,
/empresa
ni
/permiso-sin-goce.