Calculadora
Calculadora fuero sindical Chile 2026
Estime el fuero sindical de los dirigentes (artículo 243 del Código del Trabajo): corre desde la fecha de elección y hasta seis meses después de cesar en el cargo. También muestra cuántos directores gozan de ese fuero según los afiliados (artículo 235). No es el fuero maternal (art. 201) ni el explicador de fuero maternal, ni postnatal parental, ni una licencia médica.
Documento generado por Haberes. No es un cálculo de la Dirección del Trabajo ni de Previred. No constituye asesoría legal ni previsional ni una liquidación.
Cómo se estima el fuero sindical (art. 243)
El artículo 243 del Código del Trabajo dispone que los directores sindicales gozan del fuero laboral desde la fecha de su elección y hasta seis meses después de haber cesado en el cargo. La consulta DT «¿Cuánto dura el fuero laboral de los dirigentes sindicales?» (modificada el 14/03/2025) repite esa regla: el empleador no puede poner término al contrato sino con autorización previa del juez competente, quien puede concederla en los casos de las causales de los números 4 y 5 del artículo 159 y en las del artículo 160 (artículo 174).
Seis meses de calendario después del cese
- Con fechas. Si la elección fue el 15 de marzo de 2024 y el cese el 15 de marzo de 2026, el fuero termina el 15 de septiembre de 2026.
- Con duración del mandato. Elección el 10 de enero de 2026 y mandato de 2 años exactos: el cese cae el 10 de enero de 2028 y el fuero termina el 10 de julio de 2028.
- Son meses de calendario. Si el día no existe en el mes de destino, se recorta al último día de ese mes (el 31 de marzo más seis meses cae el 30 de septiembre).
Cuántos directores tienen fuero (art. 235)
El estatuto puede fijar un directorio más amplio. El fuero del artículo 243, y los permisos y licencias de los artículos 249, 250 y 251, alcanzan solo a las más altas mayorías relativas. La consulta DT «¿Cuántos directores componen el directorio de un sindicato?» (modificada el 14/03/2025) describe los mismos tramos:
- Sindicato de empresa con menos de 25 afiliados: 1 director, que goza de fuero.
- 80 afiliados (tramo 25 a 249): 3 directores con fuero.
- 400 afiliados (tramo 250 a 999): 5 directores con fuero.
- 1.500 afiliados (tramo 1.000 a 2.999): 7 directores con fuero.
- 3.000 o más: 9 directores. Si es sindicato de empresa con presencia en dos o más regiones, 11.
El mandato sindical dura no menos de dos años ni más de cuatro (art. 235). La alteración posterior del número de afiliados no cambia el directorio en ejercicio: el número se ajusta en la elección siguiente.
Qué corta el fuero, y qué no calcula esta página
El artículo 243 condiciona la cola de seis meses: no se mantiene si el cese se produjo por censura de la asamblea sindical, por sanción aplicada por el tribunal competente en cuya virtud deba hacerse abandono del cargo, por renuncia al sindicato o por término de la empresa. También termina si caduca la personalidad jurídica del sindicato por el inciso tercero del artículo 223 o el inciso segundo del artículo 227. Durante el fuero, el empleador no puede ejercer las facultades del artículo 12, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Las mismas reglas de los primeros incisos se aplican a los delegados sindicales; el conteo de delegados es el artículo 229, no estos tramos. El fuero del comité paritario dura hasta el término del mandato y no es esta calculadora.
Haberes no inventa indemnizaciones ni montos de tutela laboral ni remuneraciones de la nulidad del despido. No es el permiso de paternidad ni el postnatal parental.
Guías y calculadoras relacionadas
- Calcular fuero maternal (art. 201)
- Guía: qué es el fuero maternal
- Calculadora de finiquito
- Cuenta de empresa
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura el fuero sindical?
Artículo 243: desde la fecha de elección y hasta seis meses después de haber cesado en el cargo. La Dirección del Trabajo (consulta modificada el 14/03/2025) indica lo mismo. El empleador necesita autorización previa del juez (art. 174), y solo en las causales de los números 4 y 5 del artículo 159 y en las del artículo 160.
¿Cuántos directores tienen fuero según los afiliados?
Artículo 235 y la consulta DT del directorio (14/03/2025): tres directores entre 25 y 249 afiliados, cinco entre 250 y 999, siete entre 1.000 y 2.999, y nueve desde 3.000. En ese último tramo, el sindicato de empresa con presencia en dos o más regiones suma dos (once). Con menos de 25 afiliados, el sindicato de empresa tiene un director con fuero.
¿El fuero sigue si hay censura, sanción o término de la empresa?
No. El artículo 243 excluye la censura de la asamblea, la sanción judicial que obliga a dejar el cargo, la renuncia al sindicato y el término de la empresa. También termina si caduca la personalidad jurídica (art. 223 inciso tercero o art. 227 inciso segundo). Esta página no estima esas excepciones ni inventa indemnizaciones.
¿El empleador puede despedir a un dirigente con fuero?
Solo con autorización previa del juez competente (artículo 174), en las causales de los números 4 y 5 del artículo 159 y en las del artículo 160. Durante el fuero tampoco puede usar las facultades del artículo 12, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Haberes no calcula montos de despido.
¿Es lo mismo que el fuero maternal?
No. El fuero maternal (art. 201) protege el embarazo y el año posterior al postnatal; la guía lo explica. Esta página estima el fuero de los dirigentes (art. 243) y el número de directores con fuero (art. 235). No es postnatal parental, licencia médica, permiso de paternidad, tutela ni nulidad del despido.
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