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Calcular bandas horarias Chile 2026

Estime el nuevo horario de entrada y de salida con bandas horarias de cuidado familiar (Ley 21.561, Código del Trabajo): madres, padres o quienes tengan el cuidado personal de un niño o niña de hasta 12 años pueden anticipar o retrasar hasta 1 hora el inicio de la jornada, con el mismo desplazamiento al término (DT, «¿Qué son las bandas horarias?»; Mintrab, Ley 40 horas). No es el tope de jornada 40 horas, ni el promedio del art. 22 bis, ni el pacto 4×3, ni jornada parcial ni teletrabajo.

Documento generado por Haberes. No es un cálculo de la Dirección del Trabajo ni de Previred. No constituye asesoría legal ni previsional. Estimación educativa: el empleador no puede negarse salvo que la naturaleza del servicio o el horario de funcionamiento de la empresa lo impidan; esta página no resuelve esa excepción.

Intervalo pactado (HH:MM). La duración se mantiene: solo se desplaza. Si el término es anterior al inicio, se asume cruce de medianoche. No es el tope semanal de jornada 40 horas.

Sentido del desplazamiento

Tope educativo: 60 minutos (1 hora). Ahora: 60 min. Con 0 el horario estimado es el contractual. Más de 60 min no se aplica.

Elegibilidad educativa. Suele pedirse certificado de nacimiento o sentencia de cuidado; el sitio no valida documentos.

Cómo se estima la banda horaria

La Ley 21.561 (Ley de 40 horas) incorporó las bandas horarias de cuidado familiar al Código del Trabajo. La Dirección del Trabajo las resume así: madres, padres o personas con el cuidado personal de un niño o niña de hasta 12 años pueden anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores, y ese mismo desplazamiento determina el horario de salida. Entre los extremos queda una banda de unas 2 horas de margen en la mañana y en la tarde. El Ministerio del Trabajo las lista como medida vigente distinta del pacto 4×3.

  • Nuevo inicio = inicio contractual ± minutos (anticipar resta; retrasar suma), tope 60.
  • Nuevo término = término contractual con el mismo desplazamiento. La duración de la jornada no cambia.
  • Ventana de banda = extremos de ±60 min sobre el horario contractual (entrada y salida).
  • 0 minutos = el horario estimado es el contractual.
  • Más de 60 minutos = no se aplica (el tope es 1 hora). La duración de la jornada no cambia en los casos válidos.

Ejemplos orientativos

  • Contrato 09:00–18:00, anticipar 60 min → 08:00–17:00 (ejemplo de la DT).
  • Contrato 09:00–18:00, retrasar 60 min → 10:00–19:00.
  • Contrato 08:30–17:30, anticipar 30 min → 08:00–17:00.
  • Desplazamiento 0 → horario = 09:00–18:00 contractual.
  • Más de 60 min (p. ej. 90 ) → no se aplica (tope de 1 hora). La duración no cambia cuando el desplazamiento es válido.

Elegibilidad y negativa del empleador

El derecho es para quien es madre o padre de un niño o niña de hasta 12 años, o tiene el cuidado personal. Suele pedirse certificado de nacimiento o sentencia de cuidado; Haberes no valida documentos. El empleador no puede negarse salvo que la naturaleza del servicio o el horario de funcionamiento de la empresa lo impidan. Esa excepción no se calcula aquí.

Qué no es esta calculadora

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Preguntas frecuentes

¿Qué son las bandas horarias en Chile?

La Ley 21.561 permite a madres, padres o quienes tengan el cuidado personal de un niño o niña de hasta 12 años anticipar o retrasar hasta 1 hora el inicio de la jornada, con el mismo desplazamiento al término (consulta DT). La DT describe una banda de unas 2 horas de margen entre extremos. Ejemplo: contrato 09:00–18:00, anticipar 60 min → 08:00–17:00; retrasar 60 min → 10:00–19:00. No es el tope de /jornada-40-horas.

¿Quién puede pedir una banda horaria?

Trabajadoras y trabajadores que sean madres o padres de un niño o niña de hasta 12 años, o quienes tengan el cuidado personal (Mintrab). Para ejercer el derecho suele pedirse certificado de nacimiento o sentencia de cuidado; Haberes no valida documentos.

¿El empleador puede negarse a la banda horaria?

La Dirección del Trabajo indica que el empleador no puede negarse, salvo que la naturaleza del servicio o el horario de funcionamiento de la empresa lo impidan. Esta página no resuelve esa excepción: es una nota educativa, no una decisión automática.

¿Es lo mismo que el artículo 22 bis, el pacto 4×3 o la jornada de 40 horas?

No. Esta página estima la banda horaria de cuidado familiar. El tope semanal 44/42/40 h vive en /jornada-40-horas. El artículo 22 bis (promedio semanal en un ciclo de hasta 4 semanas) no se modela aquí: /jornada-40-horas habla de «bandas 4×3» de forma coloquial, y no es esta banda. El pacto de 4 días de trabajo y 3 de descanso se estima en /pacto-4x3. Tampoco es /jornada-parcial ni /teletrabajo.

¿Qué pasa si pido más de 1 hora de desplazamiento?

No se aplica. El tope educativo es 60 minutos. Ejemplo: contrato 09:00–18:00 con 90 min no genera un horario nuevo. Con 60 min sí: anticipar deja 08:00–17:00 y retrasar 10:00–19:00, con la misma duración de 9 h.

¿Es un cálculo oficial de la Dirección del Trabajo o de Previred?

No. Es una estimación educativa de Haberes. No constituye asesoría legal ni previsional. No sustituye el certificado, la sentencia de cuidado ni un pronunciamiento de la Dirección del Trabajo o de Previred. Verifique con su contador o en los canales oficiales.

La ruta canónica es /bandas-horarias. No abre /banda-horaria ni /horario-flexible ni /ley-21561-bandas ni /art-27-bandas ni /flexibilidad-horario. No canibaliza /jornada-40-horas, /jornada-parcial, /teletrabajo, /horas-extras, /descanso-compensatorio, /recargo-domingo-comercio, /descuento-atrasos, /sueldo, /costo-empresa, /empresa, /permiso-sin-goce, /fuero-maternal, /postnatal-parental, /hora-lactancia ni /sala-cuna.