Calculadora
Calcular plazo de prescripción laboral Chile 2026
Estime el plazo para reclamar derechos laborales según el artículo 510 del Código del Trabajo (2 años o 6 meses) y el plazo de 60 días hábiles del artículo 168 para impugnar el despido. El resultado es una fecha límite, no un monto de dinero. Complementa el despido injustificado, las horas extras y la nulidad del despido: no los reemplaza.
Documento generado por Haberes. No es un cálculo de la Dirección del Trabajo ni de Previred. No constituye asesoría legal ni previsional. Estimación educativa: la prescripción debe alegarse en juicio; no sustituye a un abogado ni a la Inspección del Trabajo.
Cómo se estima el plazo (art. 510 y art. 168)
El artículo 510 del Código del Trabajo (texto BCN) y la consulta de la Dirección del Trabajo resumen los plazos de prescripción de los derechos laborales. Haberes solo estima fechas. No calcula indemnizaciones ni recargos.
Fórmula
- Derechos generales (art. 510 inc. 1°): fecha límite = fecha en que el derecho se hizo exigible + 2 años (de fecha a fecha; si el día no existe, último del mes).
- Acción post-término (art. 510 inc. 2°): fecha límite = terminación de los servicios + 6 meses.
- Horas extraordinarias: 6 meses desde la fecha en que debieron ser pagadas. El monto de la hora está en calcular horas extras.
- Nulidad del despido (art. 162): 6 meses desde la suspensión de los servicios. Las remuneraciones del período de nulidad están en calcular nulidad del despido.
-
Impugnación del despido (art. 168):
60 días hábiles
desde el día siguiente a la separación (art. 48 del Código Civil).
Hábil = lunes a viernes, excluido feriado legal nacional del calendario
js/feriados.js(2025–2027; no incluye feriados regionales). El sábado es inhábil. No es prescripción del 510. El recargo 30/50/80/100 % está en calcular despido injustificado.
Estado: vigente si quedan más de 30 días calendario; por vencer si quedan 0 a 30; vencido si la fecha de hoy es posterior al límite (el último día todavía cuenta).
Reclamo administrativo (suspensión)
El último inciso del artículo 510 indica que el reclamo ante la Inspección suspende el plazo, que vuelve a correr cuando se notifica el resultado. En ningún caso el plazo de prescripción puede exceder de un año desde la terminación de los servicios. Haberes muestra esa nota y, si el modo tiene fecha de término, el tope de 1 año. No inventa días de suspensión. En el artículo 168 el reclamo suspende los 60 días hábiles, con tope de 90 días hábiles.
Ejemplo gold (calendario 2026)
- Derechos generales: exigible el 15 de marzo de 2024 → límite 15 de marzo de 2026.
- Acción post-término: término el 15 de enero de 2026 → límite 15 de julio de 2026.
- Horas extras: debieron pagarse el 30 de septiembre de 2025 → límite 30 de marzo de 2026.
- Nulidad art. 162: suspensión el 10 de enero de 2026 → límite 10 de julio de 2026.
- Art. 168: separación el 2 de enero de 2026 (viernes) → 60 días hábiles posteriores = 27 de marzo de 2026 (el 1 de enero es feriado; no se cuenta el día de la separación).
- Caso vencido: término el 1 de enero de 2025 (post-término) → límite 1 de julio de 2025, estado vencido.
Qué no calcula esta página
No es el finiquito (IAS, aviso, feriado), ni el recargo del art. 168, ni las horas extras, ni la nulidad del despido, ni el autodespido, ni la tutela laboral, ni la IAS, ni el aviso previo, ni la obra o faena, ni el interés por mora. El plazo de 10 días hábiles para pagar el finiquito (art. 177) está en plazo de pago del finiquito.
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- Calcular indemnización obra o faena
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- Calcular interés por mora
- Plazo de pago del finiquito (10 días hábiles)
- Reserva de derechos al firmar el finiquito
Preguntas frecuentes
¿Qué plazos de prescripción fija el artículo 510?
El artículo 510 del Código del Trabajo fija 2 años desde que el derecho se hizo exigible (inciso 1°), 6 meses desde la terminación de los servicios para las acciones post-término (inciso 2°), 6 meses desde que debieron pagarse las horas extraordinarias y 6 meses desde la suspensión de los servicios para la nulidad del despido del artículo 162. Es estimación educativa, no una sentencia.
¿El plazo de 60 días hábiles del artículo 168 es prescripción?
No. El artículo 168 fija 60 días hábiles desde la separación para demandar el despido injustificado, indebido o improcedente. No es el artículo 510. Haberes cuenta esos días hábiles lunes a viernes, excluyendo feriados legales nacionales, desde el día siguiente a la separación. El recargo 30/50/80/100 % vive en /despido-injustificado.
¿El reclamo en la Inspección del Trabajo suspende el plazo?
Sí, el artículo 510 indica que el reclamo ante la Inspección del Trabajo suspende el plazo de prescripción, que vuelve a correr cuando se notifica el resultado. En ningún caso el plazo de prescripción puede exceder de un año desde la terminación de los servicios (consulta DT). Haberes no inventa días extra: sin la fecha de notificación del resultado no mueve la fecha límite. En el artículo 168 el reclamo suspende los 60 días hábiles, con tope de 90 días hábiles.
¿La prescripción se aplica sola o hay que alegarla?
La prescripción debe alegarse en juicio. El tribunal no la declara de oficio. Esta página no sustituye a un abogado ni a la Dirección del Trabajo. Es una estimación educativa de fechas, no un pronunciamiento sobre si el derecho está prescrito.
¿Esta página reemplaza el finiquito, el despido injustificado o las horas extras?
No. No calcula montos. El finiquito está en /finiquito, el recargo del despido injustificado en /despido-injustificado, las horas extras en /horas-extras, la nulidad del despido en /nulidad-despido, el autodespido en /autodespido, la tutela laboral en /tutela-laboral, la IAS en /indemnizacion-anos-servicio, el aviso previo en /indemnizacion-aviso-previo, la obra o faena en /obra-faena y el interés por mora en /interes-mora.
La ruta canónica es /prescripcion-laboral.
No abre URLs hermanas como /art-510, /plazo-prescripcion
ni /60-dias-habiles.
No canibaliza
/finiquito,
/despido-injustificado,
/nulidad-despido,
/autodespido,
/tutela-laboral,
/interes-mora,
/horas-extras,
/indemnizacion-anos-servicio,
/indemnizacion-aviso-previo
ni
/obra-faena.