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Calcular gratificación Chile 2026
Sueldo base, horas extras y bonos imponibles. El artículo 50 del Código del Trabajo fija el 25 % de lo imponible, con tope mensual de 4,75 ingresos mínimos / 12.
Documento generado por Haberes. No es un cálculo de la Dirección del Trabajo ni de Previred. No constituye asesoría legal ni previsional.
Cómo se calcula la gratificación (art. 50)
El artículo 50 del Código del Trabajo permite al empleador pagar el 25 % de las remuneraciones mensuales imponibles, con un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales al año. Haberes estima el anticipo de un mes: 25 % de (sueldo base + horas extras + bonos imponibles) y recorta al tope mensual $219.115 (4,75 × $553.553 / 12, en peso entero). No calcula el 30 % de utilidades del artículo 47.
Ejemplo orientativo
Con un sueldo base de $800.000, sin extras ni bonos, el 25 % es $200.000, bajo el tope: se pagan $200.000. Con $900.000 el 25 % es $225.000 y se aplica el tope: $219.115. Ajuste sueldo, extras y bonos a su caso.
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la gratificación del artículo 50?
El 25 % de la remuneración mensual imponible (sueldo base, horas extras y bonos imponibles), con un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales al año. Haberes aplica ese tope mes a mes: $219.115 en 2026.
¿Cuál es el tope mensual de la gratificación art. 50 en 2026?
El tope mensual es $219.115. Sale de 4,75 × $553.553 / 12, en peso entero. Si el 25 % queda bajo ese monto, se paga el 25 %; si lo supera, se paga el tope.
¿Las horas extras y los bonos entran a la gratificación?
Sí, si son imponibles. Entran a la misma base que el sueldo: 25 % de (sueldo base + extras + bonos), con el tope. Colación y movilización del artículo 41 no entran.