Calculadora

Calculadora permiso paternidad Chile 2026

Estime los 5 días de permiso pagado del padre por nacimiento de un hijo (artículo 195 inc. 2 del Código del Trabajo): fechas de término y reintegro, y el goce de remuneración (5 × rem/30). Continuo desde el parto o un tramo dentro del primer mes (ORD. N°864/10). No es el postnatal parental (art. 197 bis), ni una licencia médica / SIL, ni la sala cuna del artículo 203.

Documento generado por Haberes. No es un cálculo de la Dirección del Trabajo ni de Previred. No constituye asesoría legal ni previsional ni una liquidación.

Fecha de parto o nacimiento

El cupo de 5 días empieza ese día si es hábil. Si cae sábado, domingo o feriado legal, el primer día que consume es el siguiente hábil lun–vie.

Para estimar el goce: valor día = remuneración / 30. Con $900.000 el día es $30.000 y 5 días = $150.000. El permiso es con goce, no un descuento.

Cómo goza el permiso

Continuo: 5 días de jornada seguidos desde el parto, saltando el descanso semanal (consulta DT). Primer mes: la DT permite distribuirlos, continuos o fraccionados; aquí se estima un bloque de 5 hábiles desde la fecha de inicio.

Cómo se estima el permiso de paternidad (art. 195)

El artículo 195 inciso 2 (texto de la Ley 20.545, que recogen las consultas 87305 y 87307 de la Dirección del Trabajo, actualizadas en 2025) otorga al padre cinco días de permiso pagado por nacimiento de un hijo, irrenunciable. A su elección:

  1. Desde el parto, en forma continua, excluyendo el descanso semanal (ORD. N°3827/103 y ORD. N°864/10).
  2. Dentro del primer mes desde la fecha de nacimiento, distribuidos como estime conveniente, continuos o fraccionados. El ORD. N°864/10 entiende «mes» en su sentido natural: del día siguiente al parto hasta la misma fecha del mes siguiente (parto 15 de septiembre → 16 de septiembre a 16 de octubre).

El cupo no aumenta por partos múltiples (ORD. N°3827/103). El nacimiento se acredita con el certificado del Registro Civil. La adopción tiene un cómputo propio (desde la notificación de la resolución); esta página no lo estima.

Qué es un día que consume el cupo

La norma dice «cinco días» y «excluyendo el descanso semanal». La DT precisa que el permiso se usa en los días en que está distribuida la jornada, no en el descanso semanal legal o convencional. Ejemplo del ORD. N°864/10: jornada lunes a viernes, parto un jueves → el sábado y el domingo siguientes no cuentan.

Haberes, como estimación educativa para una jornada lun–vie de oficina, usa el mismo calendario de hábiles que feriado anual:

  • Día que consume = lunes a viernes que no sea feriado legal nacional 2026.
  • Sábado = no consume (descanso semanal; analogía del art. 69).
  • Feriado legal nacional lun–vie = no consume el cupo de 5 (calendario de Haberes, 16 feriados 2026; sin feriados regionales).
  • Fecha de término = último hábil que consume el cupo.
  • Fecha de reintegro = primer hábil siguiente (lun–vie, sin feriado legal).

Quien trabaja domingo o festivo (art. 38) tiene otra regla: esos días pueden consumir el cupo y se excluye el descanso compensatorio (ORD. N°864/10). Haberes no modela esa jornada.

Goce de remuneración

El permiso es pagado por el empleador: no es subsidio SIL ni licencia médica. Haberes estima el valor de esos días como 5 × (remuneración mensual / 30), la misma convención educativa de sueldo y sueldo proporcional. Ejemplo: $900.000 → $30.000 el día → $150.000 por los 5 días. No es un descuento; no reemplaza la liquidación ni Previred.

Ejemplos orientativos (calendario 2026)

  • Parto lunes 5 de enero de 2026, goce continuo: 5 hábiles (5 al 9 de enero), término el viernes 9, reintegro el lunes 12. Con $900.000, goce $150.000.
  • Parto jueves 30 de abril de 2026, goce continuo: el viernes 1 de mayo (Día Nacional del Trabajo) no consume. Días: 30 abr, 4, 5, 6 y 7 de mayo. Término el 7 de mayo, reintegro el 8 de mayo.

Qué no calcula esta página

No es el postnatal parental (art. 197 bis) de 12 o 18 semanas. No es el prenatal ni el postnatal de 6+12 semanas de la madre (arts. 195 y 196). No es lactancia (art. 206) ni reemplazo maternal. No calcula el fuero maternal (art. 201) (un año después del postnatal, excluido el parental): esos 5 días no lo abren por sí solos. El padre que usa postnatal parental tiene un fuero propio de esa norma.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de permiso pagado tiene el padre por nacimiento?

Cinco días con goce de remuneración (art. 195 inc. 2). No aumentan por partos múltiples (ORD. N°3827/103). El derecho es irrenunciable. También se otorga en adopción, desde la notificación de la resolución (no se estima aquí).

¿El permiso es continuo o se puede fraccionar?

A elección del padre: continuo desde el parto, excluyendo el descanso semanal; o distribuido dentro del primer mes desde el nacimiento, continuo o fraccionado (ORD. N°864/10 y consulta DT 87307). Esta página estima un tramo continuo de 5 días hábiles; no arma cinco días aislados.

¿Cómo se cuentan los 5 días?

La norma habla de cinco días excluyendo el descanso semanal. Haberes, para una jornada lun–vie de oficina, usa el mismo calendario que el feriado anual: lunes a viernes; el sábado no consume; un feriado legal nacional lun–vie tampoco. El art. 38 (domingo o festivo laborable) no se modela.

¿En qué se diferencia del postnatal parental?

Este permiso de 5 días es el inciso 2 del artículo 195, a cargo del empleador. El postnatal parental (art. 197 bis) es otro permiso, de 12 o 18 semanas, con subsidio. El prenatal y el postnatal de 6+12 semanas de la madre son los incisos del mismo art. 195 y el art. 196 (calcular permiso prenatal).

¿Es una licencia médica o un descuento?

No. El empleador paga la remuneración de esos 5 días (goce). No es SIL ni D.F.L. N°44. Haberes estima el valor como 5 × (remuneración mensual / 30). No es un descuento por inasistencia. El SIL de una licencia común está en calcular sueldo con licencia médica.

¿Este permiso da fuero de un año?

No. El fuero maternal del artículo 201 (hasta un año después del postnatal) no se abre por estos 5 días. El padre que usa postnatal parental (art. 197 bis) tiene un fuero propio de esa norma. Esta página no calcula fueros.

No abre URLs hermanas como /paternidad, /permiso-padre, /nacimiento-hijo ni /art-195. El postnatal parental sigue en /postnatal-parental. El SIL genérico sigue en /licencia-medica. La sala cuna sigue en /sala-cuna.