Art. 160 N° 4 letra b) — Abandono (negativa a trabajar)
Artículo 160 N° 4 letra b) del Código del Trabajo: el contrato de trabajo termina sin derecho a indemnización alguna cuando el empleador le ponga término por abandono del trabajo, entendiéndose por tal la negativa a trabajar sin causa justificada en las faenas convenidas en el contrato.
Qué implica en la práctica
Abandono por negativa injustificada a trabajar en las faenas convenidas: sin IAS.
Revise siempre el texto legal del Código del Trabajo y, si hay duda, consulte a un abogado laboral o a la Inspección del Trabajo.
Indemnización por años de servicio
Esta causal no da derecho a indemnización por años de servicio. En el ejemplo la línea de IAS queda en $0 de forma explícita.
Aviso previo
No corresponde indemnización sustitutiva de aviso previo del empleador por esta causal. En el ejemplo esa partida es $0.
Feriado
El feriado pendiente y el proporcional se liquidan con independencia de la causal. En el ejemplo: pendiente $186.519 (5 días) y proporcional $261.127 (7 días).
Ejemplo numérico (ficticio)
Persona ficticia «Ana Pérez», sueldo base $900.000, gratificación art. 50, ingreso 1-mar-2020, término 1-mar-2026, UF de respaldo 40854.01. Total estimado: $447.646.
| Partida | Monto |
|---|---|
| Feriado pendiente (5 días vencidos no tomados) | $186.519 |
| Feriado proporcional (7 días) | $261.127 |
| Indemnización por años de servicio (0 años, tope 11) | $0 |
| Indemnización sustitutiva de aviso previo | $0 |
| Total | $447.646 |
Calcular con esta causal
Abrir calculadora completa Guía de finiquito
Otras causales
- Mutuo acuerdo de las partes
- Renuncia del trabajador
- Muerte del trabajador
- Vencimiento del plazo convenido
Esta carta no reemplaza la ratificación del finiquito ante la Inspección del Trabajo ni el pago efectivo. No es un documento oficial de la Dirección del Trabajo ni de Previred. No constituye asesoría legal.