Cómo se calcula el impuesto único en el sueldo
El impuesto único de segunda categoría (IUSC) es el tributo mensual que el empleador retiene sobre las rentas del trabajo dependiente. No es IVA ni impuesto de primera categoría de la empresa. El Servicio de Impuestos Internos publica las tablas; Haberes las usa en calcular impuesto único y en la calculadora de sueldo líquido. Esta guía explica la base, el tramo exento y cómo leer la tabla. No sustituye al SII.
El SII describe el IUSC como un impuesto progresivo que pagan quienes perciben rentas de una actividad laboral dependiente cuando el monto mensual supera 13,5 UTM. Bajo ese umbral el tramo es exento.
Sobre qué base se calcula
La base no es el sueldo bruto ni el líquido. Es la renta líquida imponible del mes: haberes imponibles menos las cotizaciones previsionales del trabajador (AFP, salud y, si corresponde, su parte del seguro de cesantía). Las asignaciones no imponibles del artículo 41 (colación y movilización bien clasificadas) no entran a esa base.
Si la liquidación infla haberes no imponibles o omite un bono imponible, el IUSC sale mal aunque la tabla del SII esté bien copiada. Por eso esta página se lee junto con qué debe mostrar una liquidación.
Las comisiones de AFP las publica la Superintendencia de Pensiones. El IUSC no se declara en Previred: se retiene en la liquidación y se entera al SII. Previred cubre cotizaciones; el impuesto, el SII.
Cómo se aplica la tabla
El procedimiento del SII es el mismo todos los meses:
- Determine la renta líquida imponible del periodo.
- Ubique el tramo (desde / hasta) de la tabla de ese mes y de esa periodicidad (mensual, quincenal, semanal o diaria).
- Multiplique la base por el factor del tramo.
- Reste la cantidad a rebajar de la misma fila.
- El resultado es el impuesto del periodo. Si el tramo es exento, el impuesto es cero.
Un sueldo cuya base queda bajo 13,5 UTM no paga IUSC ese mes. Bases más altas entran al 4 %, 8 %, 13,5 % y siguientes, siempre con la rebaja de la fila. No se «elige» un porcentaje a ojo.
Tabla que usa Haberes (agosto 2026)
Haberes calcula con la tabla mensual de agosto de 2026 publicada por el SII. El tramo exento llega a $967.261,50. Esa es la misma tabla de la calculadora. El SII ya publica meses posteriores (por ejemplo septiembre) cuando actualiza la UTM: si usted liquida otro mes, use la tabla de ese mes en el sitio del SII, no esta captura.
| Desde | Hasta | Factor | Cantidad a rebajar |
|---|---|---|---|
| — | $967.261,50 | Exento | — |
| $967.261,51 | $2.149.470,00 | 0,04 | $38.690,46 |
| $2.149.470,01 | $3.582.450,00 | 0,08 | $124.669,26 |
| $3.582.450,01 | $5.015.430,00 | 0,135 | $321.704,01 |
| $5.015.430,01 | $6.448.410,00 | 0,23 | $798.169,86 |
| $6.448.410,01 | $8.597.880,00 | 0,304 | $1.275.352,20 |
| $8.597.880,01 | $22.211.190,00 | 0,35 | $1.670.854,68 |
| $22.211.190,01 | Y más | 0,4 | $2.781.414,18 |
Fuente: SII, Impuesto Único de Segunda Categoría 2026 (tabla mensual de agosto). Los tramos se actualizan cada mes con la UTM.
Esta página muestra solo el periodo mensual. El SII publica también quincenal, semanal y diaria en el mismo enlace.
Qué cambia y qué no
Cambia cada mes el peso de los tramos, porque la UTM cambia. No cambia la lógica: 13,5 UTM de exención, factor y rebaja. No invente un tramo «especial pyme» ni un tope distinto al del SII.
Tampoco confunda el IUSC con:
- El descuento de AFP o salud (cotizaciones, no impuesto).
- El impuesto de primera categoría de la sociedad.
- Un «impuesto al finiquito» genérico. Las indemnizaciones legales tienen un tratamiento tributario propio que esta guía no desarrolla; no las meta en la tabla mensual de sueldo sin revisar la norma del SII que corresponda.
En la liquidación de la pyme
En el comprobante del artículo 54 el IUSC es una deducción. Debe verse el monto. Si la persona está exenta, la línea puede ir en cero; no hace falta esconderla.
Para el impuesto del mes use calcular impuesto único. Para verlo con AFP, salud y el líquido, la calculadora de sueldo líquido. Para emitir el PDF con membrete, la cuenta de empresa. Haberes no es el SII ni Previred. Contraste la tabla del mes en el sitio del SII antes de declarar o de pagar el impuesto retenido.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el impuesto único?
Es el impuesto de segunda categoría que el empleador retiene cada mes sobre las rentas del trabajo dependiente. Se aplica a la renta líquida imponible. Hasta 13,5 UTM esa base queda en el tramo exento, según el Servicio de Impuestos Internos.
¿Hasta qué monto está exento en la tabla que usa Haberes?
En la tabla mensual de agosto de 2026 del SII el tramo exento llega a $967.261,50 (13,5 UTM). Haberes usa esa misma tabla en la calculadora. El SII publica un mes nuevo cuando cambia la UTM.
¿La tabla cambia cada mes?
Sí. El SII publica tablas mensual, quincenal, semanal y diaria. Los pesos de cada tramo se mueven con la UTM. Consulte siempre la página oficial del SII del periodo que está liquidando.
¿El impuesto único se declara en Previred?
No. Las cotizaciones previsionales se declaran en Previred. El IUSC se retiene en la liquidación y se paga al Servicio de Impuestos Internos.
¿Cómo se calcula en la liquidación?
Sobre la renta líquida imponible del mes se busca el tramo, se multiplica por el factor y se resta la cantidad a rebajar. El resultado es el descuento de impuesto único de esa liquidación.
Documento generado por Haberes. No es un cálculo de la Dirección del Trabajo ni de Previred. No constituye asesoría legal ni previsional. Verifique con su contador o en los canales oficiales.